miércoles, 8 de febrero de 2012

CANDIDATO CIUDADANO, A PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MARCIANO JAVIER RAMIREZ TRINIDAD RECURRE A RECURSO DE APELACIÓN

MEXICO D, F.- En reciente documento, emitido al consejero presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral, C.Lic.Alfredo E Camarena Rodríguez, y Leonardo Valdés Zurita, Presidente del Instituto Federal Electoral IFE, por el Candidato Ciudadano para la Presidencia del País Marciano Javier Ramírez Trinidad,
En este recurso de apelación es en contra del acuerdo DEPPP/ DPPF/ 2012-
Fechado el día 28 de Diciembre del 2001, dirigido a la dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, como la Dirección de Partidos Político Y financiamiento bajo sus ordenes del consejo General, del Instituto Federal Electoral con el acuerdo siguiente.
En donde se estima al director y ver la forma adecuada como redacta con sutileza y benevolente, ya que es verdad que en su escrito de contestación A hoja No. 2 en el primer párrafo en donde se manifiesta lo siguiente Visto.
Su escrito de petición y de un análisis acucioso de los fundamentos Jurídicos que regulan la constitución y registro de los partidos Políticos Nacionales en particular y la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente a la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa a ellos, En relación con los siete partidos políticos Nacionales con registro vigente a la fecha.
En este Instituto no cuenta con elementos para firmar, que durante sus respectivos procesos de constitución alguno de ellos, tuvo la intervención De organizaciones gremiales o corporativismo en afiliciación a sus militantes, por lo cual al haber obtenido el registro legal que corresponde
A previa satisfacción de los requisitos legales aplicables, se entiende que Si respetan lo previsto en el artículo 41, párrafo segundo base 1 de la constitución general de l republica, en el sentido apuntado.
Al respecto le comunicó lo siguiente que si bien escrito que Ud. (s) quien So personas con capacidad pequeña y no se dan cuenta que desde el año De 1917, diario oficial de la federación de 1917, fe de erratas con fecha de 6 de Febrero de 1917, actualizadas las reformas a los artículos 4 y 27 publicadas en el diario oficial de la federación, el 13 de octubre del 2001
En la misma carta magna en el cual establece en los mismos artículos 41 y 116, es sorprendente la forma en la cual defiende a capa y espada los intereses de los partidos políticos tal como si fueran sus hijos y deja atrás la vida jurídica, de esta institución a su debido cargo, donde nosotros los ciudadanos no le pedimos una cátedra jurídica obsoleta, solo le solicitamos que diga que los partidos políticos respeten nuestra carta magna y Ud. (s) No carecen de memoria, para eso esta para documentarse con el archivo General de la nación.

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